LA MEDIACIÓN ES, POR ENCIMA DE TODO, UN EJERCICIO DE COMUNICACIÓN QUE PERSIGUE RECONCILIAR LOS INTERESES DE LAS PARTES EN DISPUTA, AYUDÁNDOLES A ENCONTRAR UNA SALIDA, PERO SIN IMPONERLES DESDE FUERA LA SOLUCIÓN
Conforme a la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma Andaluza : La mediación se configura como un procedimiento de gestión de conflictos, en el que las partes enfrentadas acuerdan que una tercera persona, cualificada, imparcial y neutral, les ayude a alcanzar por si mismas un acuerdo, que les permita resolver el conflicto que las enfrenta, sin necesidad de someterlo a una autoridad judicial.
Es un procedimiento al que las partes se someten voluntariamente, y cuya finalidad es la resolución extrajudicial, de manera mutuamente satisfactoria, de conflictos de toda índole, mediante la participación activa de los propios interesados, ayudados por la figura neutral de un profesional denominado Mediador.
Cualquier acuerdo al que lleguen las partes se formaliza en un documento/contrato, suscrito por las mismas. La experiencia muestra que los procesos de mediación suelen culminar en un acuerdo, configurándose como un modo eficaz y económico de alcanzar ese resultado, manteniendo, y en ocasiones mejorando, la relación entre las partes.
La mediación es por tanto, voluntaria, confidencial y dialogada . Aumenta el control de las partes sobre el proceso de solución de la controversia y permite un considerable ahorro de tiempo y dinero. Solución que se alcanza sin vencedores ni vencidos, donde todos ganan por igual.
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